"Dar ejemplo no es la principal manera de influir sobre los demás, es la única manera" Albert Einstein

La
Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción es el único instrumento universalmente
vinculante. Su enfoque amplio y carácter obligatorio de varias provisiones lo convierten
en una herramienta única para desarrollar una respuesta comprensiva a un
problema global. La UNCAC abarca cinco áreas principales: prevención, criminalización y medidas para imponer el cumplimiento de la ley, cooperación internacional, recuperación de
capital ilegal, la asistencia técnica y el intercambio de información. UNCAC
trata de un vasto abanico de actos corruptos en el sector privado. Una
evolución significativa era la inclusión de un capítulo específico de la
Convención acerca de la recuperación de activos ilícitos, un desafío mayor para
países que persiguen los bienes de ex-líderes y otros oficiales acusados o
declarados culpables de corrupción. La rápida adhesión de varios Estados a la
Convención es una prueba adicional de que su alcance universal.
Desafortunadamente,
el cáncer de la corrupción que afecta a demasiados gobiernos a nivel mundial,
infecta también a las Naciones Unidas, siendo ésta una entidad
En
Colombia existe la Comisión Nacional de Moralización, creada bajo la Ley 190 de
1995, con el fin de propiciar una adecuada coordinación y colaboración a las
entidades gubernamentales en materia de lucha contra la corrupción, conformada
por:
b. El Procurador General de la Nación
c. El Fiscal General de la Nación
d. El Contralor General de la República
e. El Defensor del Pueblo
f. El Auditor General de la República
g. El Presidente de la Corte Suprema de
Justicia
h. El Presidente del Consejo de Estado
i. El Presidente del Senado
j. El Presidente de la Cámara de
Representantes
k. El Ministro del Interior
l. El Ministro de Justicia
m. El Secretario de Transparencia de la
Presidencia de la República
En el
siguiente link, hay una explicación muy particular en cuanto a la Corrupción
Política en Colombia:


No hay comentarios:
Publicar un comentario